2-) LEY 1626_PARTE 1

ELIGE LA OPCIÓN CORRECTA Derechos, Obligaciones y Prohibiciones
Language: Arabic
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School grade: Saudi Arabia Saudi Arabia

2-) LEY 1626_PARTE 1

ELIGE LA OPCIÓN CORRECTA
Derechos, Obligaciones y Prohibiciones

Derechos 1626 (I)

libre eleccion de tareas

los descansos establecidos en el Código del Trabajo

percibir el aguinaldo anual

permiso de maternidad, paternidad

la estabilidad en el cargo, de conformidad a lo establecido en la presente ley

elección de horario de trabajo

los permisos reconocidos en esta ley

acceder a crecimiento educacional

vacaciones anuales remuneradas

acceso a la función publica

acogerse a los beneficios de la seguridad social que establezca la ley

percibir el salario y demás remuneraciones previstas por la ley

vacaciones no utilizadas con remuneracion

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Derechos, Obligaciones y Prohibiciones

Derechos 1626 (II)

interponer los recursos administrativos y las acciones judiciales que hagan a la defensa de sus derechos

organizarse con fines sociales, económicos, culturales y gremiales

realizar actividades para mantener la salud en optimas condiciones

la igualdad, sin discriminación alguna, de oportunidades y de trato en el cargo

participar en huelgas con las limitaciones establecidas en la Constitución y la ley

reposición al cargo en caso de sumario administrativo favorable

ser promovido de conformidad a los procedimientos establecidos en esta ley

tener salario digno

renunciar al cargo

capacitarse para desempeñar mejor su tarea

solicitar remuneración por horas extras

prestar sus servicios en el lugar en el que fuera nombrado

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ELIGE LA OPCIÓN CORRECTA
Derechos, Obligaciones y Prohibiciones

Obligaciones 1626 (I)

guardar el secreto profesional en los asuntos que revistan carácter reservado en virtud de la ley, del reglamento, de su propia naturaleza o por instrucciones especiales

observar una conducta acorde con la dignidad del cargo

restituir al empleador los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos

acatar las instrucciones de los superiores jerárquicos relativas al trabajo que realiza cuando ellas no sean manifiestamente contrarias a las leyes y reglamentos

observar conducta ejemplar y buenas costumbres durante el trabajo

observar estrictamente el principio de probidad administrativa, que implica una conducta honesta y leal en el desempeño de su cargo, con preeminencia del interés público sobre el privado

denunciar con la debida prontitud a la justicia ordinaria o a la autoridad competente los hechos punibles o irregularidades que lleguen a su conocimiento

prestar auxilio en casos de siniestros o riesgos que pongan en peligro inminente la persona o los intereses de la institucion

asistir puntualmente al trabajo y prestar sus servicios con eficiencia, diligencia, urbanidad, corrección y disciplina, y portar identificación visible

trabajar excepcionalmente un tiempo mayor que el señalado para la jornada ordinaria

realizar personalmente el trabajo a su cargo en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad indicada

cumplir la jornada de trabajo que establece esta ley

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Derechos, Obligaciones y Prohibiciones

Obligaciones 1626 (II)

presentar declaración jurada de bienes y rentas, en el tiempo y en la forma que determinan la Constitución Nacional y la ley

guardar estricta reserva de los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos

concurrir a la citación por la instrucción de un sumario administrativo o prestar declaración en calidad de testigo

someterse periódicamente a los exámenes psicofísicos que determine la reglamentación pertinente

velar por la economía y conservación del patrimonio público a su cargo

servir con lealtad a la empresa para la que trabajen, absteniéndose de toda competencia perjudicial a la misma

permanecer en el cargo en caso de renuncia, por el plazo máximo de treinta días, si antes no fuese reemplazado

dar aviso al empleador o a sus representantes de las causas de inasistencia al trabajo

cumplir las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias sobre incompatibilidad y acumulación de cargos públicos

abstenerse de realizar actividades contrarias al orden público y al sistema democrático, consagrado por la Constitución Nacional

acatar los preceptos del reglamento de trabajo y cumplir las órdenes e

capacitarse en el servicio

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ELIGE LA OPCIÓN CORRECTA
Derechos, Obligaciones y Prohibiciones

Prohibiciones 1626 (I)

presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas

recibir obsequios, propinas, comisiones o aprovechar ventajas en razón del cargo para ejecutar, abstenerse de ejecutar, ejecutar con mayor esmero o con retardo cualquier acto inherente a sus funciones

utilizar la autoridad o influencia que pudiera tener a través del cargo, o la que se derive por influencia de terceras personas, para ejercer presión sobre la conducta de sus subordinados

Disminuir intencionalmente el ritmo de trabajo

trabajar en la organización o administración de actividades políticas en las dependencias del Estado

vestir o cargar insignias o uniformes de naturaleza proselitista dentro de las instalaciones del Estado

coartar la libertad de trabajar o no trabajar y desarrollar cualquier clase de propaganda

usar la autoridad que provenga de su cargo para influir o afectar el resultado de alguna elección, cualquier sea su naturaleza

discriminar la atención de los asuntos a su cargo poniendo o restando esmero en los mismos, según de quién provengan o para quienes sean

acatar las medidas preventivas y de higiene que impongan las autoridades competentes

ejecutar actividades ocupando tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal, material o información reservada o confidencial de la dependencia, para fines ajenos a lo establecido para el organismo o entidad donde cumple sus tareas

2-) LEY 1626_PARTE 1

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Derechos, Obligaciones y Prohibiciones

Prohibiciones 1626 (II)

Hacer colectas o suscripciones en los centros de trabajo, sin permiso del empleador

intervenir directamente, por interpósita persona o con actos simulados, en la obtención de concesiones del Estado o de cualquier privilegio por parte del mismo que importe beneficio propio o de terceros

aceptar manifestación pública de adhesión, homenaje u obsequios de parte de sus subordinados, por razones referidas al cargo mientras se encuentre en ejercicio del mismo

dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar o prestar servicios remunerados o no, a personas físicas o jurídicas que gestionen o exploten concesiones de la Administración en el orden estatal

Portar armas de cualquier clase, a menos que sean necesarias por la naturaleza del servicio

mantener vinculaciones que le signifiquen beneficios, con personas físicas o jurídicas fiscalizadas por el organismo en que se encuentra prestando servicios

obtener directa o indirectamente beneficios originados en contratos, comisiones, franquicias u otros actos que formalicen en su carácter de funcionario

efectuar o patrocinar para terceros trámites o gestiones administrativas o judiciales, se encuentren o no directamente bajo su representación

ejercer una industria o comercio relacionado con las actividades del organismo o entidad del Estado en que presta servicio, sea personalmente o como socio o miembro de la dirección, administración o sindicatura de sociedades con fines de lucro

Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del empleador

retirar, sin previa anuencia de la autoridad competente, cualquier documento u objeto de la repartición

aceptar comisiones, empleo o pensiones de otros estados, sin autorización del Poder Ejecutivo

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ELIGE LA OPCIÓN CORRECTA
Derechos, Obligaciones y Prohibiciones

LEY 1626/00 Art 68 : Serán faltas graves las siguientes:

los demás casos no previstos en esta ley, pero contemplados en el Código del Trabajo y las demás leyes como causas justificadas de terminación del contrato por voluntad unilateral del empleador.

incumplimiento de una orden del superior jerárquico, cuando ella se ajuste a sus obligaciones

filtrar información sensible

nombrar o contratar funcionarios en transgresión a lo dispuesto en esta ley y sus reglamentos

ausencia injustificada por más de tres días continuos o cinco alternos en el mismo trimestre

negligencia en el desempeño de sus funciones

abandono de cargo

falta de respeto a los superiores, a los compañeros de trabajo o al público

reiteración o reincidencia en las faltas leves

incumplimiento de las obligaciones o transgresión de las prohibiciones establecidas en la presente ley

mal uso de los muebles del trabajo

violación del secreto profesional

recibir gratificaciones, dádivas o ventajas de cualquier índole por razón del cargo;

marcar la entrada o salida de otra persona

malversación, distracción, retención o desvío de bienes públicos y la comisión de los hechos punibles tipificados en el Código Penal contra el Estado y contra las funciones del Estado

falta de respeto a los superiores, a los compañeros de trabajo o al público

el incumplimiento de las obligaciones de atender los servicios esenciales por quienes hayan sido designados para el efecto

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ELIGE LA OPCIÓN CORRECTA
Derechos, Obligaciones y Prohibiciones

LEY 1626/00 Art 69 : Serán aplicadas a las faltas graves las siguientes sanciones disciplinarias:

destitución o despido, con inhabilitación para ocupar cargos públicos por dos a cinco años

suspensión en el cargo sin goce de sueldo de hasta 12 meses

suspension del derecho a becas por 1 año

suspensión en el cargo sin goce de sueldo de hasta treinta días

suspensiones de cargo y salario de hasta 20 días

suspensión del derecho a promoción por el periodo de un año

suspensión de recibir otras remuneración fuera del salario base que corresponde

traslado a otra oficina distante a donde el funcionario prestaba sus servicios